Auto 375/21
Referencia: sentencia C-191 de 2021. Exp. 13686. Acción de inconstitucionalidad contra el artículo 6[1] (parcial) de la Ley 3 de 1991, por la cual se crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones
Magistrado sustanciador:
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial aquellas que le concede el Decreto Ley 2067 de 1991 y el artículo 36 del Reglamento Interno del Tribunal (Acuerdo 02 de 2015), profiere la presente providencia, atendiendo las siguientes
Consideraciones
1. El 17 de junio de 2021, la Sala Plena de este Tribunal adoptó una decisión de fondo en el proceso de la referencia.
2. El artículo 36 del Acuerdo 02 de 2015 (Reglamento Interno de la Corte Constitucional), inciso segundo dispone que: [l]as providencias deben ser firmadas en un término máximo de quince días contado desde el momento en que se dio a conocer a la opinión pública el sentido del fallo, salvo que el magistrado ponente justifique ante la Sala Plena su ampliación, por razones vinculadas con cambios sustanciales al proyecto original. En este último caso, la recolección de firmas, no podrá superar un término adicional de treinta días.
3. En el asunto de la referencia es necesario realizar modificaciones sustanciales a la ponencia inicialmente presentada, por esa razón, la Corte encuentra justificado ampliar el término por un lapso adicional de 30 días. Este último se podrá prorrogar por 30 días más.
En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional
RESUELVE
AMPLIAR en treinta (30) días el término para la recolección de las firmas de la sentencia C-191 de 2021 (expediente D-13686). Este término podrá ser prorrogado por treinta (30) días adicionales.
Cúmplase,
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Presidente
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Magistrado
ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
Magistrada
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Magistrada
No firma
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ALBERTO ROJAS RÍOS
Magistrado
MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Secretaria General